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Preguntas frecuentes

¿Conduciendo un Limón? California tiene una de las Leyes Limón más amigables con el consumidor en los Estados Unidos. No deje que los fabricantes de intimidar a pensar que usted no tiene ningún derecho o remedios si usted se encuentra en un "limón". Si usted compró un vehículo que resulta ser un limón usted tiene derechos y podemos ayudarle.

¿Qué puede acogerse a la Ley del Limón California?

En términos generales, si un concesionario es incapaz de reparar su coche, camión, SUV, RV, 5ª rueda, remolque de viaje, ATV, motocicleta, barco, etc dentro de un número "razonable" de intentos de reparación dentro del período de garantía puede tener una reclamación bajo la Ley del Limón California.

¿Necesito un número determinado de intentos de reparación para poder presentar una reclamación contra el fabricante en virtud de la Ley del Limón California?

No. La Ley del Limón California no exige un número concreto de visitas de reparación. La ley establece que un concesionario debe tener un número razonable de oportunidades para reparar un vehículo. Por lo general, cuatro visitas para el mismo problema calificarán, sin embargo, los problemas relacionados con la seguridad pueden requerir sólo dos visitas. Cada caso se evaluará individualmente. Por lo tanto, asegúrese de ponerse en contacto con nuestra oficina para discutir su situación específica.

¿El problema "tiene" que estar relacionado con la seguridad para poder acogerse a la Ley del Limón California?

El vehículo debe presentar un defecto de conformidad cubierto por la garantía que afecte sustancialmente al uso, valor o seguridad del vehículo para el comprador/arrendatario. Por lo general, si el vehículo sufre un problema relacionado con la seguridad, se requerirán menos intentos de reparación para poder optar a la garantía.

¿Se aplica la Ley del Limón a un vehículo alquilado o usado?

Sí. Tanto los coches de leasing como los vehículos de segunda mano certificados gozan de la misma protección si su vehículo estaba cubierto por la garantía original del fabricante.

¿Sólo están cubiertos los vehículos a motor?

No. California Las Leyes del Limón y la Ley Federal del Limón (Ley de Garantía Magnuson-Moss) establecen leyes que dan derecho a los consumidores a una indemnización de los fabricantes por algo más que automóviles defectuosos. La Ley del Limón también se aplica a autocaravanas, 5ª ruedas, remolques de viaje, ATV, motocicletas, barcos, motos acuáticas, así como otros bienes de consumo.

¿La Ley del Limón sólo se aplica a vehículos de uso personal o también puede aplicarse a vehículos que se utilizan exclusivamente para uso profesional?

Los vehículos que se utilizan principalmente para los negocios también están cubiertos por la Ley del Limón. Hay una restricción en virtud de la ley que es que (1) no más de cinco vehículos pueden ser registrados en el nombre del negocio; (2) el peso bruto del vehículo no debe exceder de 10.000 libras.

¿Es necesario que mi vehículo tenga menos de 18.000 millas para acogerse a la Ley del Limón?

No. La Ley del Limón puede aplicarse si el vehículo está siendo reparado por problemas de garantía. La Ley del Limón también se puede aplicar si el período de garantía ha expirado, siempre y cuando se haya sometido a reparaciones durante el período de garantía por el mismo problema.

¿Es necesario que mi vehículo tenga menos de 18 meses para acogerse a la Ley del Limón?

No. Mientras el vehículo esté siendo reparado por problemas de garantía, puede acogerse a la ley. La Ley del Limón también se puede aplicar si el período de garantía ha expirado, siempre y cuando se haya sometido a reparaciones durante el período de garantía por el mismo problema.

¿Debo someterme primero a un arbitraje para presentar una reclamación conforme a la Ley del Limón?

No. El consumidor no tiene que someterse primero a un programa de arbitraje ofrecido por el fabricante para presentar una reclamación.

¿Tengo que notificarlo primero al fabricante antes de presentar una reclamación conforme a la Ley del Limón?

No. Siempre que hayas acudido a un concesionario autorizado para realizar el trabajo en garantía y les hayas proporcionado un número razonable de intentos de reparación, no es necesario notificar al fabricante antes de presentar una reclamación contra ellos en virtud de la Ley del Limón.

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